Defensa Para la Posesión de Concentrado de Cannabis/Hachís – HS 11357(a)
Se entiende por concentrado de cannabis la resina separada, ya sea cruda o purificada, obtenida de la marihuana. Código de Salud y Seguridad, Sección 11006.5
En 2011, California despenalizó la posesión de pequeñas cantidades de marihuana para uso personal reduciendo el cargo penal de un delito menor a una infracción. Sin embargo, las penas por posesión de cualquier cantidad de marihuana concentrada, como el hachís, siguen siendo graves.
Salvo que la ley lo autorice, toda persona que posea cualquier tipo de concentrado de cannabis será castigada con prisión en la cárcel del condado por un período no superior a un año o con una multa de no más de quinientos dólares, o con ambas penas, o será castigada con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal. Código de Salud y Seguridad, Sección 11357 (a)
Los fiscales tienen la opción de presentar un caso de concentrado de marihuana como un delito menor o un delito grave (también conocido menos formalmente como "wobbler"), dependiendo de las circunstancias y de los antecedentes penales del individuo. Esto se conoce como circunstancias agravantes. Los fiscales llegan a esta decisión teniendo en cuenta el método utilizado para crear el hachís u otro tipo de cannabis concentrado.
La transformación no autorizada de la marihuana en forma concentrada sin el uso de productos químicos se castiga con hasta tres años de prisión. Si se fabrica con el uso de productos químicos, se castiga con hasta siete años de prisión y una multa máxima de 50,000 dólares. En cualquiera de los casos, una persona investigada o acusada debe buscar representación legal para evitar un resultado potencialmente peor.
Salvo que la ley disponga lo contrario, toda persona que fabrique, combine, convierta, produzca, derive, procese o prepare, ya sea directa o indirectamente por extracción química o independientemente por medio de síntesis química, cualquier sustancia controlada especificada en la Sección 11054, 11055, 11056, 11057 o 11058 será castigada con una pena de prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal durante tres, cinco o siete años y con una multa que no exceda de cincuenta mil dólares ($50.000). Código de Salud y Seguridad, Sección 11379.6(a)
La FiscalÍA Debe Probar:
- Posesión illegal.
- Conocimiento de la posesión.
- Conocimiento de la naturaleza o carácter de la sustancia.
- La cantidad de la sustancia era usable.
Las defensas para la posesión de concentrados de hachís/cannabis pueden incluir la posesión legal con una recomendación de marihuana medicinal.
Hay defensas viables para estas acusaciones. Por un lado, quizás el hachís pertenecía a otra persona. Dependiendo de cómo se haya fabricado la marihuana concentrada, la fiscalía puede enfrentarse un largo proceso de pruebas para llegar a la conclusión de que se hizo con productos químicos. Si es así, mientras más pruebas se realicen, mayor el es el riesgo de errores del laboratorio. Otro problema de los largos procedimientos de pruebas es el mantener un claro historial del registro de guarda. A menudo, si el fiscal no puede demostrar que la sustancia que supuestamente ha dado positivo en las pruebas de fabricación química se transfirió correctamente por el agente que realizó la detención al laboratorio, no puede utilizarse como prueba.
Póngase en contacto con Ms. Johnson-Norris hoy mismo si usted ha sido acusado de posesión de concentrado de cannabis para proteger sus derechos.